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Nacional Dependencias Federales


Resolverán juicio político contra Robles en 100 días


Publicación:29-11-2019
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A más tardar en marzo quedará resuelto ese procedimiento, indicó la legisladora Rocío Barrera Badillo.

Ciudad de México.-Una vez que las Comisiones Unidas de Justicia y Gobernación y Población ratificaron la procedencia de un juicio político contra la exfuncionaria federal Rosario Robles, a más tardar en marzo quedará resuelto ese procedimiento, indicó la legisladora Rocío Barrera Badillo. 

 La presidenta de la Subcomisión de Examen previo de Juicio Político, así como de la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, detalló el proceso en el que intervienen las cámaras de diputados y de senadores por el que se inhabilitaría a Robles Berlanga, en su caso, hasta por 20 años.

 Al inicio de la reunión de trabajo de las Comisiones Unidas de Justicia y de Gobernación y Población, Barrera Badillo explicó que una vez ratificada por ese grupo legislativo, la resolución de la Subcomisión de Examen Previo se turnará a la Sección Instructora, la que deberá informar en las próximas 72 horas a la acusada de que se inicia un procedimiento de juicio político en su contra.

 La Sección Instructora, una instancia de la Comisión Jurisdiccional que actuará como juez, es la encargada de la instrucción del juicio político y de acuerdo con sus atribuciones deberá velar por el cumplimiento del proceso y las garantías procesales de Robles Berlanga.

 También deberá notificar, escuchar, analizar pruebas y alegatos y hacer valer la garantía de audiencia. Todas las diligencias y acciones de la Sección Instructora deberán formularse en un plazo de 60 días, que podría ampliarse hasta 15 días. Los plazos corren durante el periodo de sesiones y los días son naturales.

 En las 72 horas siguientes a la ratificación de las comisiones unidas la Sección Instructora notificará a la denunciada, presa en el Penal de Santa Martha Acatitla por su presunta participación en la llamada "Estafa Maestra", haciéndole saber su garantía de defensa y que deberá, a su elección, comparecer o informar por escrito, dentro de los siete días posteriores a la notificación.

 Después se abrirá el llamado “período de prueba” de 30 días para recibir las pruebas que presenten la denunciada y el denunciante, así como las que la sección considere necesarias.

 Cerrado ese proceso se abrirá el período de alegatos con una duración de nueve días y a su término la sección instructora formulará sus conclusiones.

 De considerarse que, una vez conocidas las pruebas y escuchado los alegatos, la denunciada es responsable de los hechos que se le imputan, dentro de los tres días siguientes la Cámara de Diputados se erigirá en un “Órgano de Acusación”, previa declaración de su presidenta y comparecerán tanto los denunciantes como la denunciada.

 Para alegar lo que a su derecho convenga, una vez escuchadas las partes, se procederá a discutir y a votar las conclusiones de la Sección Instructora.

 Si la Cámara de Diputados resuelve que procede la acusación, la denunciada será puesta a disposición de la Cámara de Senadores, y se designará una comisión de tres diputados para que ellos sostengan la acusación ante la cámara revisora.

 Recibida la acusación el Senado turnará el asunto a la “Sección de Enjuiciamiento”, que recibirá los alegatos de la comisión de diputados y la acusada presentará sus conclusiones dentro del plazo de cinco días.

 Recibidas las conclusiones el pleno del Senado se erigirá en jurado de sentencia y si su decisión es condenatoria la sancionará con la inhabilitación hasta por 20 años para el ejercicio de empleos, cargos y comisiones en el servicio público.



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